Seguro obligatorio de vehículos: sin causa que exonere la mora

16/08/2026

Un vertido de líquidos procedente de un camión cuba en labores de limpieza constituye un hecho de la circulación cubierto por el seguro obligatorio de vehículos, según ha confirmado el Tribunal Supremo en una sentencia sobre la caída de un motociclista.

El concepto de hecho de la circulación en el seguro obligatorio de vehículos

El Tribunal repasa la evolución jurisprudencial —tanto del Tribunal de Justicia de la Unión Europea como propia— sobre el concepto de «hecho de la circulación», que incluye la utilización del vehículo conforme a su función como medio de transporte, tanto en movimiento como durante periodos de estacionamiento entre desplazamientos, y que excluye únicamente los supuestos en que el vehículo se emplea como maquinaria de trabajo en sentido estricto.

El pago previo de los daños materiales como reconocimiento tácito de cobertura

El Tribunal constata que no existía discusión real sobre la vigencia del seguro, siendo el único punto controvertido si el vehículo se estaba utilizando con fines estrictamente industriales, cuestión que la Audiencia descartó. Subraya que la propia aseguradora había abonado previamente los daños materiales de la motocicleta, lo que evidenciaba un reconocimiento tácito de que el siniestro constituía un hecho de la circulación cubierto por el seguro obligatorio de vehículos.

El carácter sancionador de los intereses y la interpretación restrictiva de su exoneración

La Sala recuerda que los intereses del artículo 20 de la Ley de Contrato de Seguro tienen carácter marcadamente sancionador, exigiendo una interpretación restrictiva de las causas que puedan justificar su exoneración.

La ausencia de una auténtica incertidumbre jurídica

El Tribunal concluye que no concurría una auténtica situación de incertidumbre jurídica que justificara acudir al proceso para determinar la cobertura del siniestro, por lo que no existe causa justificada que exonere a la aseguradora de la mora.

El origen del litigio: una caída provocada por un vertido de un camión cuba

Un motociclista sufrió una caída cuando la rueda delantera de su vehículo entró en contacto con un líquido depositado sobre la calzada, procedente de un camión cuba que realizaba labores de limpieza de alcantarillado.

El recorrido procesal: la Audiencia reconoce la cobertura, pero niega los intereses

El Juzgado de Primera Instancia desestimó la demanda, pero la Audiencia Provincial de Huelva la estimó parcialmente, condenando a los demandados al pago de 57.327,46 euros, aunque denegó los intereses moratorios.

El fallo del Tribunal Supremo

El Tribunal Supremo estima el recurso de casación y declara que los intereses moratorios deben devengarse desde la fecha del siniestro.