¿Qué diferencia hay entre una separación y un divorcio? ¿Me puedo arrepentir?

En ambos casos hay que estar casado, hay que haber contraído matrimonio y por lo tanto existe el “vínculo” matrimonial, la unión. Pero hay que distinguir entre la separación y el divorcio. Pues en el primer supuesto, los esposos, los cónyuges, los consortes, dejan de vivir juntos pero subsiste el vínculo, siguen casados, mientras que en el segundo, la unión se extingue, termina, finaliza. Por tanto, si me separo, me puedo arrepentir, hay posibilidad de reconciliación conforme establece el artículo 84 del Código Civil, pero si me divorcio y quiero reanudar la relación, también me puedo arrepentir, pero, o me vuelvo a casar o retomo la convivencia en pareja.

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