Muy Importante: Otorga poderes preventivos ya!

¿Sabes lo que son poderes preventivos? Pues debemos tenerlos y debemos hacerlos todos. Desde la Ley 8/2021 ya no existe la incapacitación judicial, pero es posible solicitar medidas de apoyo para personas con discapacidad y el nombramiento de curador con funciones asistenciales o representativas, para lo cual hay que plantear un proceso de lo que se llama Jurisdicción Voluntaria. Ello supone tiempo y dinero.

Sin embargo, si has previsto como quieres resolver ciertas situaciones vitales, “estés o no estés en plenitud de facultades”, como quien o quienes, sean tus personas de confianza, y en qué orden, o quienes no lo sean, como quieres que actúen a todos los niveles, -(médicos, económicos, patrimoniales, personales,)- si pierdes facultades, tenlo previsto, otorga poderes preventivos ya!. Te preparamos un traje a medida en función de tus necesidades, bueno, bonito y barato.

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